Joan Ridao

LA ACCIÓN EXTERIOR DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS A REVISIÓN: EL REGRESO A UNA CONCEPCIÓN EXPANSIVA DE LAS RELACIONES INTERNACIONALES DEL ESTADO

Revista General de Derecho Constitucional 20 (2015)

RESUMEN: La competencia del Estado en materia de relaciones internacionales parece concebirse en la actualidad como una facultad omnímoda, que abraza toda responsabilidad sobre cualquier actividad con trascendencia exterior. Esta tendencia interpretativa supone un regreso a la concepción prevalente en ese ámbito durante la etapa primaria de desarrollo constitucional, y pretende hallar cobertura en una lectura expansiva del título competencial del Estado sobre las relaciones internacionales y en las funciones sobre tratados internacionales y dirección de la política exterior conferidas constitucionalmente al Gobierno. En este sentido, tanto la Ley 2/2014, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, como en menor medida la Ley 25/2014, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales, suponen no sólo un vuelco respecto de la situación precedente sino también un claro soslayamiento de la doctrina constitucional, como ha venido a confirmar el utillaje argumental utilizado por el Ejecutivo para impugnar la Ley catalana 16/2014, de 4 de diciembre, de acción exterior y de relaciones con la Unión Europea. Enllaç a l’article sencer

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  • Los expresidentes no pueden seguir en una zona gris normativa. Escribo en @elperiodico sobre la necesidad de regular mejor incompatibilidades, actividades privadas y conflictos de interés. No es solo una cuestión de lobbies: es buen gobierno

    ➡️https://www.elperiodico.com/es/opinion/20260614/limbo-expresidentes-zapatero-articulo-joan-ridao-131350484

    Els expresidents no poden continuar en una zona grisa normativa. Escric a @elperiodico sobre la necessitat de regular millor incompatibilitats, activitats privades i conflictes d’interès. No és només una qüestió de lobis: és bon govern

    ➡️https://www.elperiodico.com/es/opinion/20260614/limbo-expresidentes-zapatero-articulo-joan-ridao-131350484

    🧵El caso Zapatero ha reabierto un debate que va más allá del lobby: ¿qué ocurre con los expresidentes cuando dejan el cargo? En España, su estatuto sigue regulado por un decreto de 1983, claramente insuficiente para los retos actuales (1)

    El debat és clar: volem expresidents lliures per a l’activitat privada o figures amb un rol institucional exclusiu? Si és la 2a, cal regular incompatibilitats i transparència.

    En parlo, avui, a @elperiodico (i 4)

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