Joan Ridao

La extensión de las funciones del Defensor del Pueblo y de los comisionados parlamentarios autonómicos a las actividades de servicios de interés general ejercidas por el sector privado. Espacio constitucional y problemáticas de desarrollo.

La tendencia dominante, en los países desarrollados y especialmente en el ámbito europeo, hacia una mayor privatización de las actividades de servicio público, ha obligado a una redefinición substancial de los derechos públicos estalaes y, en consonancia, también ha generado la necesidad de adaptar la función específica que corresponde a los ombudsmen respecto a la garantía de los derechos fundamentales de los ciudadanos. En el caso español, tanto la práctica del Defensor del Pueblo como la de numerosos comisionados autonómicos, ha tenido una evolución en este sentido, sin problemas competenciales destacables. No obstante, todo parece indicar que un desarrollo legislativo adecuado, podría reforzar la actuación de estas instituciones y mejorar la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos en relación a las actividades privadas de servicios de interés general. Enllaç a l’article sencer.

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  • Terminamos el debate sobre la amnistía con @agusruizrobledo, organizado por @Lefebvre_ES.

    📹 Lo podéis volver a ver aquí: https://www.youtube.com/watch?v=v1rQTmJj6IM

    Acabem el debat sobre l'amnistia amb @agusruizrobledo, organitzat per @Lefebvre_ES.

    📹 El podeu recuperar aquí: @agusruizrobledo

    "Me preocupa la actitud de la Sala 2a del T.Supremo, que ha evidenciado un activismo judicial más próximo a lo político. Ha actuado con cierto ánimo vengativo; con cierto ánimo de dilatar e, incluso, de obstaculizar la aplicación de la Ley de Amnistía"

    🔗https://www.youtube.com/watch?v=v1rQTmJj6IM

    "La amnistía no requiere una habilitación expresa de la CE78. Es potestad del legislador, de las Cortes Generales, adoptar una Ley de Amnistía acorde con los principios democráticos"

    Puedes seguir el debate de @Lefebvre_ES con @agusruizrobledo aquí: https://www.youtube.com/watch?v=v1rQTmJj6IM

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