article publicat al diari La Vanguardia el 8 de juny de 2021
1300 kilómetros en línea recta separan el Palacio de Europa de Estrasburgo de la madrileña Puerta del Sol, centro neurálgico de la capital española donde tienen su sede el Tribunal Supremo (TS) y el Tribunal Constitucional (TC). Una distancia tan larga como la sombra que proyecta el Consejo de Europa sobre la justicia española, ahora con un informe del comité de derechos humanos de su Asamblea parlamentaria sobre los condenados por el 1-O, y mañana con el examen de los recursos que estos mismos presenten ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), otro de los órganos que dependen de esa organización internacional que engloba los 47 estados europeos —todos menos Bielorusia— y que está lejos de ser el club solidario y confortable de la UE.
Por lo pronto, el informe no puede tacharse de sesgado o partidario, pues su autor, un socialista letón, no entra en la crítica de las sentencias judiciales y se centra en la conveniencia de reformar el delito de sedición y evitar penas desproporcionadas o interpretaciones judiciales que hagan renacer el derogado delito de convocatoria de referéndums ilegales. Además, parte de la premisa de que España es una democracia plena y de que los condenados —a los que evita tildar de presos políticos— actuaron ilegalmente. Ahora bien, el mero hecho de estar incluido en un informe junto con Turquía ya da que pensar. Además, aunque provisional porque debe ser aprobado por la Asamblea parlamentaria, el informe propone instar a España a liberar a los presos, retirar las euroórdenes de extradición y reformar el Código Penal para que organizar un referéndum inconstitucional no sea delito, esto es, no considera que los hechos sean merecedores de castigo penal severo a la luz de los principios y derechos fundamentales europeos. Y establece que la Fiscalía y el TS vieron una sedición inexistente al cuestionar la “innovadora” interpretación de que hubo “violencia sin violencia” o incluso “coerción psicológica”. Y ello es relevante porque, tan solo hace unos días, el TC ha venido a justificar la condena por sedición a Sánchez y Cuixart porque con su actuación obstaculizaron la actuación policial y judicial y neutralizaron las decisiones del propio TC, desbordando el derecho de manifestación.
Y no es esta la única decisión relevante de una instancia europea estos días. Ahí está la decisión insólita del Tribunal General de la Unión Europea de restituir la inmunidad a Puigdemont, Comín y Ponsatí. Ciertamente, no deja de ser una medida cautelar, recaída en un procedimiento de medidas provisionales todavía irresuelto y que no entra en el fondo del asunto. En este, se discute si la inmunidad abraza hechos anteriores a su condición de europarlamentarios y si hubo irregularidades en la tramitación del suplicatorio que contravinieron la imparcialidad y confidencialidad de los trabajos de la comisión de asuntos legales del Parlamento europeo. Ya se verá. Ahora bien, aun en el caso de que se levantase la inmunidad de los tres diputados, no puede perderse de vista el precedente de la sentencia del Tribunal de Apelación de Bruselas sobre la extradición de Lluís Puig. Esta sentencia, de la que difícilmente va a separarse la justicia belga en el futuro, ya denegó la euroorden del exconsejero, discutiéndole al TS su competencia para juzgarlo —argumento nunca atendido por el TS ni por el TC— y, lo que es más importante, fundó su decisión en el “fumus persecutionis”, esto es, la presunción de que no iba a tener un juicio justo en España.
Muchas piedras, pues, en el camino de la justicia española y de la diplomacia española en sus esfuerzos por defenderla. Una circunstancia que da todavía más valor a la apelación al diálogo —y a la desjudicialización— como vía de solución del conflicto que formula el propio informe del comité de derechos humanos del Consejo de Europa.
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