Joan Ridao

La aplicación del artículo 155 de la Constitución a Cataluña. Un examen de su dudosa constitucionalidad

Revista Vasca de Administración Pública (mayo- agosto 2018)

El Pleno del Senado de 27 de octubre de 2017 aprobó las medidas requeridas por el Gobierno del Estado, al amparo del artículo 155 de la Constitución (CE), «necesarias para garantizar el cumplimiento de las obligaciones constitucionales y para la protección del interés general por parte de la Generalitat de Cataluña»; y la subsiguiente Resolución de 27 de octubre de 2017 de la presidencia del Senado hizo público dicho acuerdo (BOE n.º 260, de 27 de octubre de 2017). Se activaba así, por primera vez desde la aprobación de la Carta Magna, el extraordinario  mecanismo  constitucional de coerción estatal sobre las instituciones de una Comunidad Autónoma contemplado en el mencionado precepto. Enllaç a l’article sencer.

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  • 😡😡😡La Sentència d'Estrasburg d'avui (https://hudoc.echr.coe.int/eng?i=001-245697) és un escàndol sense precedents.
    Valida que unes mesures penals cautelars, de per sí desproporcionades, alterin el resultat de les eleccions: en ratificar l'absència de diputats el mapa canvia.
    Quina vergonya!

    🚨El nuevo modelo de financiación parece abandonar el principio de «ordinalidad», que garantiza que ninguna comunidad quede peor respecto a otras tras la redistribución. Esto pone en riesgo que se reconozca la singularidad de Cataluña y complica la equidad
    https://ridao.cat/2025/10/eje-ordinalidad/

    L’ordinalitat no és un caprici: és la garantia que la solidaritat no acabi penalitzant qui més aporta.

    Això és el que està en risc ara mateix 👇
    https://ridao.cat/2025/10/eje-ordinalidad/

    Hacienda prepara un modelo que se aparta del principio de ordinalidad y eso complica el encaje singular de Cataluña. Lo argumento en mi artículo de hoy

    👉 https://ridao.cat/2025/10/eje-ordinalidad/

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