Las nuevas facultades ejecutivas del Tribunal Constitucional como sustitutivo funcional de los mecanismos de coerción estatal del artículo 155 de la Constitución

La aprobación de la Ley orgánica 15/2015, de 16 de octubre, de reforma de la Ley orgánica 2/1979, de 3 de octubre del Tribunal Constitucional (en adelante LOTC), para la ejecución de las resoluciones del Tribunal Constitucional (TC) como garantía del estado de derecho [Boletín Oficial del Estado (BOE) n.º 249, 17.10.2015] (en adelante, LO 15/2015), introdujo cambios substantivos en la justicia institucional, con el objetivo, expresado en su preámbulo, de incorporar «en sede constitucional, instrumentos de ejecución que dotan al Tribunal de un haz de potestades para garantizar el cumplimiento efectivo de sus resoluciones», dada «la necesidad de adaptarse a las nuevas situaciones que pretenden evitar o soslayar tal efectividad obliga a desarrollar los instrumentos necesarios para que la garantía de efectividad sea real» (la cursiva es nuestra). Enllaç a l’article sencer.

Deixa un comentari